El Reglamento (CE) nº 66/2010 del Parlamento Europeo hace referencia a la etiqueta ecológica de la Unión Europea. Dentro de su articulado, el Reglamento desgrana este sistema de etiquetado voluntario que es aplicable a cualquier bien o servicio que se consuma, distribuya o utilice en el mercado comunitario, a excepción de aquellos productos calificados como sanitarios.
La nueva normativa va dirigida a las instituciones, públicas o privadas, que en cada región regulan la certificación y etiquetaje de los productos orgánicos. En lo referente a productos alimentarios ecológicos, en los considerandos del reglamento se especifica que debe tenerse en cuenta que sólo podrán acogerse a este tipo de etiquetado los productos que sean certificados como ecológicos evitando así la confusión entre consumidores, algo que ya pasó en el pasado con la inclusión de la nomenclatura Bio en productos que no eran ecológicos.
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